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Circular Externa 022 del 30-06-2020

Mediante la Circular Externa 022 de 2020, la Superintendencia Financiera brinda instrucciones para la definición del Programa de Acompañamiento a Deudores –PAD–, mediante el cual se busca dar continuidad a la estrategia de gestión de riesgos establecida por las Circulares 007 y 014 de 2020.

Mediante el PAD, la Superfinanciera requiere que las entidades financieras dividan a sus deudores en tres grupos según la afectación a su capacidad de pago, a los cuales se les pueden ofrecer distintan alternativas de pago que deben respetar las garantias señaladas por la Superfinanciera.

Los establecimientos de crédito deben remitir el PAD a la Superfinanciera a más tardar el 31 de julio de 2020, y la aplicación de las medidas allí señaladas sobre los deudores deberá iniciar el 1 de agosto de 2020.

Fecha de publicación: 30 de junio de 2020
Circular Externa 022 del 30-06-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Superintendencia Financiera
Circular Externa 022
Junio 30 de 2020

Mediante la cual la Superfinanciera imparte instrucciones para la definición del Programa de Acompañamiento a Deudores –PAD–, e incorpora medidas prudenciales complementarias en materia del riesgo de crédito.

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