Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular Externa 023 de 01-09-2014


Actualizado: 1 septiembre, 2014 (hace 10 años)

Superintendencia Financiera de Colombia
Circular Externa  023 

01-09-2014

Referencia: Implementación de una nueva proforma para la remisión de información relacionada con los afiliados a los Fondos de Cesantías y su acceso al Mecanismo de Protección al Cesante.

Apreciados señores:

Este Despacho, en ejercicio de sus facultades, en particular de las establecidas en el numeral 9 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, considera necesario implementar el Formato 516 (Proforma F.0000-153) – Afiliados al Mecanismo de Protección al Cesante – con el propósito de recopilar la información relacionada con el número de afiliados a los fondos de cesantías, el número de afiliados que manifestaron su voluntad de ahorro para el Mecanismo de Protección al Cesante y el número de afiliados que, habiendo manifestado su voluntad, tienen en sus cuentas individuales ahorros para el Mecanismo de Protección al Cesante.

Lo anterior con el fin de certificar esta información para cada departamento, en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo del artículo 6 de la Resolución 531 de 2014 expedida por el Ministerio del Trabajo “Por medio de la cual se establece la distribución de recursos del Fondo de Solidaridad del Fomento del Empleo y Protección al Cesante ‘FOSFEC’ y se dictan otras disposiciones”.

Para asegurar la correcta transmisión de la información de que trata la nueva proforma, las entidades vigiladas deberán atender las siguientes instrucciones:

  1. Período de pruebas: Las entidades destinatarias de la presente Circular deberán realizar pruebas obligatorias entre el 18 y el 28 de noviembre de 2014, con base en la información disponible con corte a 31 de octubre de 2014.
  2. Transmisión oficial: La primera transmisión oficial del nuevo formato se realizará con corte a 31 de diciembre de 2014, de acuerdo con el instructivo correspondiente y dentro del plazo allí establecido.

La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación.

Se anexan los archivos correspondientes.

Cordialmente,         

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,