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Clasificación tributaria de las personas naturales: Conjuntos de empleados

El artículo 329 del ET establece la clasificación tributaria de las personas naturales con residencia fiscal para efectos del impuesto de renta, señalando que, de acuerdo con sus características, se pueden clasificar en empleados, trabajadores por cuenta propia, y otros contribuyentes.

Fecha de publicación: 10 de noviembre de 2015
Clasificación tributaria de las personas naturales: Conjuntos de empleados
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El artículo 329 del ET establece la clasificación tributaria de las personas naturales con residencia fiscal para efectos del impuesto de renta, señalando que, de acuerdo con sus características, se pueden clasificar en empleados, trabajadores por cuenta propia, y otros contribuyentes. 

Respecto a la categoría de empleados, el Decreto 3032 del 2013 señaló tres conjuntos diferentes, a los cuales pueden pertenecer las personas naturales ubicados en esta categoría. El doctor Jairo Casanova nos explica de una manera sencilla cada uno de estos conjuntos.   

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