Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cobro de IVA de licores al consumidor final en servicios de restaurante


Actualizado: 25 abril, 2017 (hace 7 años)

¿El IVA en licores lo cobran sólo los distribuidores o también lo debe cobrar un restaurante al consumidor final?

El Dr. Diego Guevara señala que los restaurantes son responsables del impuesto nacional al consumo, un impuesto muy diferente al impuesto departamental al consumo y que en ese sentido al sector de los licores, que hasta el año 2016 sólo generaban el impuesto departamental al consumo, con la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 y la Ley 1816 de 2016 les fueron modificados algunos aspectos.

Adicionalmente se informa que los licores quedaron gravados a la tarifa del 5% a partir de 2017 según el artículo 468-1, numeral 2, el cual establece lo siguiente: “A partir del 1 de enero de 2017, los bienes sujetos a participación o impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares de que trata el artículo 202 de la Ley 223 de 1995.”

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