Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cobro de la retención en la fuente en venta de bienes raíces entre personas jurídicas


Actualizado: 10 noviembre, 2020 (hace 3 años)

¿Cómo funciona la retención en la fuente en la venta de bienes raíces entre personas jurídicas?

Pregunta resueltas 29 de octubre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, señala cuál es la forma correcta de aplicar el cobro de la retención en la fuente sobre la venta de bienes inmuebles entre dos personas jurídicas.

Vale la pena aclarar que, si el vendedor del bien inmueble es una persona natural, es el notario quien debe aplicar la retención en la fuente con una tarifa del 1 %, pues así lo establece el artículo 398 del Estatuto Tributario –ET–.

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