Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Código Nacional de Policía: demandas en el camino y restricciones para morosos


Código Nacional de Policía: demandas en el camino y restricciones para morosos
Actualizado: 3 febrero, 2017 (hace 7 años)

Las multas que se apliquen según el Código entrarán a una base de datos llamada. Las personas registradas como morosas tendrán restricciones similares para quienes reportan mora en sus impuestos ante la DIAN. Ya hay dos demandas interpuestas ante la Corte Constitucional.

El nuevo Código de Policía y Convivencia otorga herramientas que permiten a la Policía actuar de acuerdo con las exigencias sociales actuales. Los puntos claves del nuevo Código son la seguridad, la tranquilidad, la protección de los recursos naturales y la salud pública.

En la nueva normativa, la finalidad de la Policía es preservar la tranquilidad ciudadana y prevenir los comportamientos que alteren la convivencia. En este sentido, los uniformados pueden revisar a una persona que se resista a identificarse.

Podrán, también, requisar a un ciudadano para constatar si lleva armas, municiones, explosivos, elementos cortantes, punzantes o contundentes. En caso de que se sospeche que la persona lleva un bien hurtado, también la Policía podrá requisarla.

Otro aspecto importante es el buen uso que la ciudadanía debe darle a la línea 123. Si una persona llama a esa línea a irrespetar a los operadores o hace bromas, la multa irá en la factura del servicio de la línea telefónica de donde se produzca la llamada.

También pagará multa especial por contaminación visual quien sin permiso previo dibuje un grafiti. Igualmente, si una persona incurre en contaminación auditiva por sonido excesivo en una fiesta, la Policía podrá apagar el equipo.

Así mismo, los propietarios de perros cuyas razas estén catalogadas como peligrosas pasearán a sus mascotas con bozal. El incumplimiento de la norma acarreará multa.

Por ahora, viene una etapa de pedagogía activa del Código y durante los próximos seis meses, las sanciones serán pedagógicas.

No se haga el loco con las multas

El Código de Policía que entró en vigencia este lunes 30 de enero contiene una gran cantidad de multas modificadas con respecto al anterior, en temas como la convivencia con los vecinos o el uso del transporte masivo. Si una persona no paga una multa del nuevo Código de Policía estará en graves problemas.

Según dijo a Blu Radio el jefe jurídico de la Policía Metropolitana de Bogotá, coronel Hernán Meneses, las multas que se apliquen según el Código de Policía entrarán a una base de datos, llamada Registro Nacional de Medidas Correctivas.

“tendrán restricciones similares a las que aplican para quienes tienen multas de tránsito en el Runt, o reportan mora en sus impuestos ante la DIAN y las entidades locales.”

Meneses explicó que las personas registradas en esta base de datos como morosas tendrán restricciones similares a las que aplican para quienes tienen multas de tránsito en el Runt, o reportan mora en sus impuestos ante la DIAN y las entidades locales.

“Si usted no paga una multa en el nuevo Código de Policía y aparece como deudor en el registro no podrá contratar con el Estado, no podrá actualizar o reclamar su registro mercantil, no podrá actualizar el permiso de porte o tenencia de armas de fuego, no podrá pertenecer a las escuelas de formación de la fuerza pública”, aseguró.

Demandas no se hicieron esperar

Las acciones legales frente a la implementación del nuevo Código de Policía ya han aparecido. El mismo lunes que comenzó su implementación, el Centro de Estudios Jurídicos (Dejusticia) presentó dos demandas ante la Corte Constitucional contra los nuevos lineamientos. César Rodríguez, director de Dejusticia, en una entrevista W Radio lo confirmó.

Una de esas demandas cuestiona cinco artículos del Código, ya que estarían violando la intimidad de la población. Además de que, según lo señala Rodríguez, se somete a los colombianos a un monitoreo “indiscriminado” por la vigilancia masiva.

Según Rodríguez, los principales riesgos que tendrían los colombianos en cuanto a la privacidad es que “el Código carece de normas específicas para controlar el poder adicional que se da a la Policía, por ejemplo, para vigilar las comunicaciones”.

Esto hace que dispositivos como teléfonos celulares puedan ser intervenidos en cualquier momento, porque el espectro electromagnético se considera como espacio público.

Respecto al tema del uso de material de cámaras de seguridad, Rodríguez dice que ahora hay que ser muy precavido con la forma como se circula por el espacio público, ya que “espacios que se consideraban y debería poder considerarse como privados (áreas comunes de conjuntos residenciales) van a estar enlazados con el sistema de monitoreo de la Policía sin que medie algún tipo de control o de orden judicial”.

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