Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Colombia retendrá IVA de plataformas tecnológicas extranjeras en tarjetas de crédito


Actualizado: 7 marzo, 2019 (hace 5 años)

La medida regirá a partir del 1 de julio de este año y la Dian ya está trabajando tanto en la reglamentación de la medida como en un formulario para que las empresas declaren el impuesto.

La Dian advirtió que podrá ordenar a los diferentes medios de pago del país, incluyendo tarjetas de crédito, débito, de prepago y recaudadores de efectivo, la retención del 19 % de IVA a estos prestadores de servicios, lo que regirá desde el 1 de julio.

Estos prestadores de servicios tecnológicos deberán gestionar el RUT para asumir la responsabilidad del pago del IVA. La Dian tiene un decreto que entrará en vigor en los próximos días, el cual busca facilitar la inscripción del RUT a través de internet. También está trabajando en una reglamentación que permita tener un canal especial de pago y un formulario simplificado para que las empresas extranjeras puedan declarar el impuesto.

Los prestadores de servicios que se encuentren fuera de Colombia deberán pagar sus impuestos en forma bimensual. Es decir, el pago del bimestre julio-agosto deberá ser efectuado en septiembre. Sin embargo, el Gobierno está trabajando para ampliar ese plazo hasta noviembre.

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