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Colpensiones debe informar sobre pensión especial de víctimas del conflicto

Con la Sentencia T-047/15, la Corte Constitucional hace un llamado de atención a Colpensiones para que informe a sus afiliados, las posibilidades que tienen las víctimas del conflicto armado de obtener su pensión.

Fecha de publicación: 27 de mayo de 2015
Colpensiones debe informar sobre pensión especial de víctimas del conflicto
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Con la Sentencia T-047/15, la Corte Constitucional hace un llamado de atención a Colpensiones para que informe a sus afiliados, las posibilidades que tienen las víctimas del conflicto armado de obtener su pensión.

El pronunciamiento fue hecho al conceder una acción de tutela a un particular, a quien la entidad le vulneró sus derechos fundamentales porque había solicitado su reconocimiento basado en el concepto de pensión por vejez y no como pensión especial de víctima del conflicto.