La legislación laboral faculta a empleadores y trabajadores para acordar la forma en que se llevará a cabo el disfrute de las vacaciones. No obstante, dicha facultad no es absoluta, ya que la ley establece determinadas pautas para que el pago se tenga como efectuado.
La legislación laboral faculta a empleadores y trabajadores para acordar la forma en que se llevará a cabo el disfrute de las vacaciones. No obstante, dicha facultad no es absoluta, ya que la ley establece determinadas pautas para que el pago se tenga como efectuado.