Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo declarar el patrimonio de las personas naturales?


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Julio 6 de 2018
  • Fecha de grabación: Abril 23 de 2018
  • Duración: 1 hora 38 minutos
Actualizado: 6 julio, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Objetivos
  • Temario
  • Quizás también te interese

Acorde con el artículo 261 del ET, el patrimonio bruto estará constituido por el total de los bienes y derechos apreciables en dinero, y poseídos por el contribuyente en el último día del año o período gravable; este será la base para el cálculo de la renta presuntiva, sanciones tributarias y el impuesto a la riqueza. 

Al declarar los bienes de las personas naturales se debe tener en cuenta el valor patrimonial de los activos, el cual se encuentra relacionado con el valor de los bienes o derechos apreciables en dinero, poseídos al cierre del año gravable. El artículo 267 del ET, modificado por el artículo 114 de la Ley 1819 de 2016, expresa que, a partir del año gravable 2007, la determinación del valor patrimonial de los activos no monetarios, incluidos los inmuebles, que hayan sido objeto de ajustes por inflación, se realizará con base en el costo ajustado de dichos activos al 31 de diciembre de 2006. 

Dentro de los bienes que conforman el patrimonio, se deben tener en cuenta algunos aspectos al momento de declararlos, entre ellos: 

  • Valor de los activos en moneda extranjera. 
  • El valor de los títulos, bonos, certificados que generen intereses y rendimientos financieros, que corresponden al costo de adquisición, más los rendimientos causados y no cobrados al último día del año gravable.  
  • El valor de las acciones, el cual podrá ser declarado por cualquiera de las formas presentadas taxativamente en la norma. 

Objetivos   

  1. Identificar los bienes que declara una persona natural. 
  2. Conocer cómo se establece el valor patrimonial neto de los activos.  
  3. Reconocer qué es y cuándo se presenta la renta por comparación patrimonial.   
  4. Señalar las implicaciones de activos omitidos o pasivos inexistentes. 

Temario 

  • Patrimonio personas naturales: 
  • Tributación de cónyuges  
  • Ganancias ocasionales  
  • Sucesiones ilíquidas 
  • Residentes y no residentes 
  • Derechos apreciables en dinero  
  • Valor patrimonial de los activos y pasivos 
  • Bienes adquiridos por leasing 
  • Renta por comparación patrimonial   
  • Incremento patrimonial 
  • Omisión de activos o pasivos inexistentes  
  • Ganancias ocasionales  
  • Renta presuntiva 

Quizás también te interese 

Doris Gutiérrez Parra
Contadora Pública - Universidad Santiago de Cali, con especialización en Gerencia Tributaria – Universidad Icesi, con sólidos conocimientos en Impuestos de orden Nacional, Departamental y Municipal, manejo de personal, Atención al cliente interno y externo. Con más de 10 años de experiencia en la docencia universitaria: U. Icesi, U Libre, U. San Buenaventura y U. Santiago de Cali
Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,