Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cómo demandar actos de publicidad engañosa?


¿Cómo demandar actos de publicidad engañosa?
Actualizado: 13 noviembre, 2015 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Primero
  • Segundo
  • Tercero
  • Situaciones que dan lugar a la instauración de demanda ante la SIC
  • Cuarto
  • Quinto
  • Tener en cuenta que:

En los casos en que como consecuencia de la publicidad engañosa el consumidor haya sufrido perjuicios frente a los cuales exige un proceso reparatorio o indemnizatorio, debe emprender una acción de demanda contra la compañía que incurrió en actos de publicidad engañosa, cuando solo se desee visibilizar la situación, a fin de evitar que otros consumidores se afecten por los actos de engaño de la empresa, y si requiere el retiro de la publicidad, el procedimiento que hay que ejecutar es una denuncia.

A continuación, se presenta el procedimiento que debe ejecutar el consumidor que realiza la demanda por actos de publicidad engañosa:

Primero

Es necesario que el consumidor tenga claridad sobre las pretensiones; en caso de demanda el objetivo del proceso debe estar guiado a:

  • La reparación del bien.
  • Cambio del bien.
  • La devolución del dinero pagado a través de la efectividad de la garantía.

La demanda por publicidad engañosa es una acción judicial de protección al consumidor, que también puede interponerse para solicitar la indemnización de perjuicios ocasionados por la difusión de publicidad o información engañosa o los derivados de la prestación de servicios que suponen la entrega de un bien, por ejemplo: servicios prestados por lavanderías, parqueaderos, talleres de reparación.

Segundo

El consumidor afectado debe identificar sobre quién recae la responsabilidad del daño ocasionado; por tanto, si el proceso desea interponerlo contra el proveedor, comerciante y/o fabricante,  hay que tener presente que no es necesario que sea uno solo, puesto que se puede emprender una acción contra todos a fin de que se deriven consecuencias de cada una de las responsabilidades que asuman.

Tercero

Determinar si la entidad competente para recibir la demanda es la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, para ello debe evaluar si la situación de publicidad engañosa está reconocida dentro del accionar de dicha entidad.

Situaciones que dan lugar a la instauración de demanda ante la SIC

Telecomunicaciones:

  • Contratos con los operadores.
  • Facturación, suspensión y cobros.
  • Telefonía fija y móvil.
  • Internet y mensajes de texto.

Información personal, «Hábeas data»

  • Operadores y fuentes que tengan información de personas.
  • Corrección, actualización o retiro de datos.

Calidad, precio, financiación e información engañosa

  • Productos de baja calidad.
  • Incumplimiento de garantías.
  • Financiación de compras.

Cuando la situación sobre la cual se requiere instaurar el proceso judicial no se ajusta a ninguna de las situaciones mencionadas, se debe tener en cuenta que la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC– tiene una competencia limitada a algunos temas, sin embargo, el consumidor tiene la posibilidad de orientarse sobre la totalidad de las entidades que atienden reclamos y denuncias en temas relacionados. Aquí

Cuarto

Ingrese a la página web de la SIC:
http://serviciosweb.sic.gov.co/servilinea/ServiLinea/DemandasProteccion/

Quinto

Diligencie el formulario con toda la información solicitada:

¿Cómo denunciar actos de publicidad engañosa?

Tener en cuenta que:

Antes de iniciar el proceso de demanda debe haber ejecutado la reclamación directa ante el responsable de la publicidad engañosa, este procedimiento es primordial, ya que es el reconocimiento del debido proceso, a fin de no congestionar las entidades y agotar cada una de las instancias; además, al momento de diligenciar la demanda se requiere que relacione información sobre la reclamación directa. Sumado a lo anterior, es importante que tenga pruebas sobre los hechos que se van a demandar como publicidad engañosa, puesto que la SIC se las exigirá.

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