¿Cómo es el manejo del costo de los bienes incorporales concernientes a propiedad intelectual?
Comparte este artículo:
Publicado: 18 diciembre, 2013
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas. Si detecta algún error, por favor avísenos haciendo click en “Reportar un error” (más abajo en esta misma página). Mil gracias.
BENEFICIOS
Boletín diario de noticias
Acceso a contenidos gratuitos sin límite
Especiales informativos Actualícese
Consultorios exclusivos
Modelos y formatos
Descuentos en capacitaciones propias
15%
30%
50%
Descuentos en publicaciones de la editorial Actualícese
15%
30%
50%
Revista Actualícese digital
Cartilla práctica digital
Libro blanco digital de impuesto de renta de personas naturales
Libro blanco digital de información exógena
Libro blanco digital de cierre contable y conciliación fiscal
Patentes, marcas, good will, derechos de autor aplican en este caso. Se debe tener en cuenta lo que dice el art. 75 del E.T. Si se está pensando vender el intangible, el costo uno mismo lo estima y ese activo intangible se debe reconocer en el patrimonio fiscal de la declaración de renta del año inmediatamente anterior.
Brevemente analicemos el siguiente caso. En el año 2012 se contrató expertos para valorar la marca y se registró por dos mil millones de pesos. Este valor se declaró en renta. La DIAN requirió esta empresa e hizo retirar la marca del patrimonio aduciendo que la marca es supuesta y no formada, art. 75 ET. ¿Se debe realizar esta corrección?
El art. 75 del E.T. hace tiempo está modificado y dice:
ARTICULO 75. COSTO DE LOS BIENES INCORPORALES FORMADOS. El costo de los bienes incorporales formados por los contribuyentes concernientes a la propiedad industrial, literaria, artística y científica, tales como patentes de invención, marcas, good will, derechos de autor y otros intangibles, se presume constituido por el treinta por ciento (30%) del valor de la enajenación.
Para que proceda el costo previsto en este artículo, el respectivo intangible deberá figurar en la declaración de renta y complementarios del contribuyente correspondiente al año inmediatamente anterior al gravable y estar debidamente soportado mediante avalúo técnico.
Esta norma se debe tener presente cuando se esté pensando en vender el intangible. Si lo llego a vender, mis derechos, el good will de la empresa y me dan mucho dinero, ¿a qué costo lo vamos a enfrentar? El costo es el que uno mismo lo haya estimado y para ellos lo obligan a reconocer ese activo intangible en el patrimonio fiscal de la declaración de renta del año anterior.
Si la intención es vender el intangible el año siguiente es obligatorio incluir el valor formado de ese intangible en la declaración de renta. Si no se incluye en la declaración de renta del año inmediatamente anterior al de la venta entonces no se tendrá un costo para poderlo enfrentar a semejante precio de venta.
Por eso es que uno mismo estima el valor de ese intangible, pero la norma dice que hay que declararlo en la declaración de renta del año anterior. Hasta por el 30% del valor por el cual se pensaba vender. Y ese 30% debe ser soportado con un avalúo. Sí puede llegar a figurar el activo fiscalmente.
De acuerdo a los datos ingresados en el formulario:
Salario mensual real
Máximo a deducir por pago en especie
Salario y deducciones al trabajador
Salud (4%):
Pensión (4%):
Descuento total:
Salario a recibir:
Valores y aportes del empleador
Salud* (8.5%):
Pensión (12%):
ARL (100%):
Caja de compensación (4%):
Sena* (2%):
ICBF* (3%):
Provisión mensual del empleador sobre salario real (dinero + especie)
Cesantías:
Intereses cesantías:
Vacaciones
Prima
Información general
Salario mínimo legal vigente
$ 908.526
Salario mínimo integral vigente
$ 11.810.838
Auxilio de transporte
$ 106.454
Unidad de Valor Tributario (UVT)
$ 36.308
Plantilla para clasificar una entidad en un Grupo de aplicación de las NIIF en Colombia
NIIF - NAI Oficiales
Las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- y las Normas de Aseguramiento de la Información -NAI- se hicieron públicas en Colombia con el permiso de la Fundación IFRS, por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en colaboración con el Instituto Nacional de Contadores Públicos de Colombia.
Para acceder a la traducción oficial de los estándares puede ingresar a los siguientes enlaces:
Fundación IFRS: NIC y NIIF
Traducción al español de las Normas Internacionales de Información Financiera y sus interpretaciones.
Norma Internacional de Auditoría, Norma Internacional de Control de Calidad, Norma Internacional sobre Compromisos de Revisión, Norma Internacional para Compromisos de Aseguramiento, Norma Internacional sobre Servicios Relacionados o al Glosario de Términos del Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento.
*La consulta solo está disponible para usuarios registrados. Si es la primera vez que ingresa, haga clic en el botón “registrarme” y siga los pasos indicados.
Tasa aplicable a las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –Dian–
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020
25,29 %
Entre el 1 y 30 de abril de 2020
26,04 %
Interés Bancario Corriente - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020
18,19 %
Entre el 1 y 30 de abril de 2020
18,69 %
Microcrédito
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020
37,05 %
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2020
36,53 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020
34,18 %
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
34,25 %
Tasa de Usura - Superfinanciera
Consumo y Ordinario
Entre el 1 y 31 de mayo de 2020
27,29 %
Entre el 1 y 30 de abril de 2020
28,04 %
Microcrédito
Entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2020
55,58 %
Entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2019
54,80 %
Consumo bajo monto
Entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020
51,27 %
Entre el 1 de octubre de 2018 y el 30 de septiembre de 2019
51,38 %
Contribuyentes no obligados a declarar renta por el año gravable 2019
La persona natural queda exonerada de presentar la declaración del impuesto sobre la renta si durante el año gravable 2019 no fue responsable de IVA y, además, cumple con la totalidad de los siguientes 6 requisitos:
Requisito
UVT $34.270
Valor
Patrimonio bruto a diciembre 31 no exceda
4.500
$ 154.215.000
Ingresos brutos a diciembre 31 inferiores a
1.400
$ 47.978.000
Consumos con tarjeta de crédito no excedan
1.400
$ 47.978.000
Compras y consumos totales del año no excedan
1.400
$ 47.978.000
Consignaciones, depósitos, o inversiones no excedan
1.400
$ 47.978.000
No deben ser responsables de IVA en el régimen común al cierre del año
Los datos suministrados serán usados para la generación de la factura
Hemos enviado un correo electrónico a correo@correo.com con el procedimiento para restablecer tu contraseña.
Encontre un error en: ¿Cómo es el manejo del costo de los bienes incorporales concernientes a propiedad intelectual?
Normas de uso
Este es un espacio para hacer observaciones principalmente sobre:
Falta de ortografía o redacción por parte del autor.
Errores en vínculos o links
Si encuentras algunos de estos errores en este página, diligencia los campos y envianos tu observación.
(*) Tus datos no serán publicados
Comparte ¿Cómo es el manejo del costo de los bienes incorporales concernientes a propiedad intelectual?
Suscripción Actualícese Básica
Con las suscripciones Actualícese te mantendrás actualizado en todo lo que demanda tu profesión día tras día, gracias a sus completos contenidos que las hacen las mejores del mercado colombiano.
Beneficios
Recursos digitales premium
Boletín diario
Modelos y Formatos
Especiales informativos Actualícese
Descuentos del 15% en Capacitaciones y Publicaciones del editorial Actualícese
Suscripción Actualícese Oro
Con las suscripciones Actualícese te mantendrás actualizado en todo lo que demanda tu profesión día tras día, gracias a sus completos contenidos que las hacen las mejores del mercado colombiano.
Beneficios
Recursos digitales premium
Boletín diario
Modelos y Formatos
Especiales informativos Actualícese
Casos Prácticos Exclusivos
Revista Actualícese Digital
Cartillas Actualícese Digital
Libro blanco Declaración del Impuesto de Renta de Personas Naturales en versión digital
Libro blanco Declaración del Impuesto de Renta de Personas Jurídicas en versión digital
Libro blanco Reporte de Información Exógena en versión digital
Libro blanco Conciliación Fiscal e Impuesto Diferido (diferencias permanentes y temporarias) en versión digital
Guía de referencia contable y tributaria versión digital
Descuento del 30% en Capacitaciones y Publicaciones del editorial Actualícese
Suscripción Actualícese Platino
Con las suscripciones Actualícese te mantendrás actualizado en todo lo que demanda tu profesión día tras día, gracias a sus completos contenidos que las hacen las mejores del mercado colombiano.
Beneficios
Recursos digitales premium
Boletín diario
Modelos y Formatos
Especiales informativos Actualícese
Casos Prácticos Exclusivos
Revista Actualícese Digital
Cartillas Actualícese Digital
Libro blanco Declaración del Impuesto de Renta de Personas Naturales en versión digital
Libro blanco Declaración del Impuesto de Renta de Personas Jurídicas en versión digital
Libro blanco Reporte de Información Exógena en versión digital
Libro blanco Conciliación Fiscal e Impuesto Diferido (diferencias permanentes y temporarias) en versión digital
Guía de referencia contable y tributaria versión digital
Descuento del 50% en Capacitaciones y Publicaciones del editorial Actualícese
Tutoriales y Casos Prácticos resueltos
66 Sesiones de Actualización
Conferencias, webinars y talleres seleccionados por nuestros editores
s
En este portal utilizamos "cookies" propias y de terceros para gestionar el portal, elaborar información estadística, optimizar la funcionalidad del sitio y mostrar publicidad relacionada con sus preferencias a través del análisis de la navegación. Si continúas navegando aceptas su uso.Acepto