La figura del empleo de emergencia es una forma de vinculación laboral especial que surgió dentro del plan nacional de desarrollo Ley 1450 del 2011; se contempla específicamente en el artículo 170 de la misma:
“ARTÍCULO 170. EMPLEO DE EMERGENCIA. En situaciones de declaratoria de emergencia económica, social y ecológica y la prevista en el Decreto Extraordinario 919 de 1989, que impacten el mercado de trabajo nacional o regional, el Gobierno Nacional podrá diseñar e implementar programas de empleo de emergencia, de carácter excepcional y temporal, con el fin de promover la generación de ingresos y mitigar los choques negativos sobre el empleo y la transición de la formalidad a la informalidad laboral (…)”.
Tuvo como finalidad crear ciertos empleos temporales que pudiesen ser útiles al momento de resolver contingencias o situaciones de emergencia que se presenten. Estas circunstancias excepcionales deben ser de tipo social, económico o ecológico.
¿Cómo opera el empleo de emergencia?
En el Decreto 4691 del 2011, el Ministerio del Trabajo establece que en situaciones emergencia económica, social, y ecológica, que impacten el mercado laboral nacional o regional, el Gobierno nacional podrá diseñar e implementar programas de empleo de carácter excepcional y temporal con el fin de promover la generación de ingresos y mitigar los choques negativos sobre el empleo y la transición de la formalidad a la informalidad laboral.
Abogada, egresada de la Universidad Popular del Cesar, y especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social de la Universidad Sergio Arboleda y en Responsabilidad Civil y Seguros de la Universidad del Norte.
Actualmente hace parte de la firma de abogados "Consultoria Legal Especializada" en la ciudad de Valledupar.
Durante sus 6 años de experiencia en el litigio ha encaminado su ejercicio profesional en asuntos relacionados con el Derecho Laboral y la Responsabilidad Médica, brindando asesoría y representación judicial para empresas del sector público y privado; ejerce además como defensora ante el Consejo Seccional de la Judicatura del Cesar en lo referente al Derecho Disciplinario.