Veamos el siguiente caso. Cuando se recibe una donación, por ejemplo una casa, se debe reportar primero como ingreso y luego como patrimonio para evitar diferencias en renta por comparación patrimonial. ¿Se informa a la vez como ganancia ocasional y como patrimonio?
Recuerde que lo que usted declara a diciembre 31 del año gravable 2013, en lo que tiene que ver con ingresos, es lo que usted recibe entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, llámelo ordinario o extraordinario desde el punto de vista tributario, o si es que lleva contabilidad llámelo operacional o no operacional. Todos los anteriores ingresos son sujetos de ir a la declaración.
Que tengan un tratamiento especial de gravado o no gravado eso es otro tema. Todo ingreso que usted reciba y esté gravado a la luz del impuesto de renta o del complementario de ganancias ocasionales debe llevarlo ciento por ciento a la declaración.
En este caso nos dicen que si se recibe una ganancia ocasional, se debe llevar como ingreso, y recibe como ganancia ocasional un inmueble. Se tiene a diciembre 31 dos cosas: una donación o herencia representada en un bien inmueble.
¿Qué recibió primero? Un ingreso, entonces declare el ingreso y pague sobre él. Y cuando cierra diciembre 31 tiene un bien y un patrimonio. Por ende, cuando vaya a liquidar la renta por comparación patrimonial debe tomar el patrimonio líquido del año anterior menos el patrimonio líquido del año gravable, se cruzan los valores para saber si pagó.