Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Compensación de vacaciones: el pago debe ser completo


Compensación de vacaciones: el pago debe ser completo
Actualizado: 13 julio, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿El empleador está en la obligación de aceptar dicha solicitud?
  • Un ejemplo
  • En conclusión

El trabajador es quien pide la compensación. El empleado disfrutará como mínimo la mitad de las vacaciones concedidas, y el día en que se reincorpore se le empieza a pagar de nuevo su salario.

Por regla general las vacaciones deben ser disfrutadas. Estas se pagan y se disfrutan, ya que la Corte Constitucional ha dicho que los empleados deben “recargar baterías”, sin preocuparse por dinero porque están remunerados.

La excepción es la compensación, la cual hasta el año 2010 era casi inaplicable porque había que demostrar que si el trabajador salía a vacaciones afectaba la industria nacional. Situación que nunca iba a pasar.

Con la Ley 1429 del 2010 se modificaron algunos artículos del Código Laboral, entre ellos el 189, y se estableció que ahora sí por acuerdo entre las partes, pero por solicitud e iniciativa del trabajador se puede compensar en dinero hasta la mitad de las vacaciones.

¿El empleador está en la obligación de aceptar dicha solicitud?

No. La norma habla de “podrán acordar”, y los acuerdos son entre dos; no es un acto unilateral, de tal manera que si el trabajador solicita la compensación en dinero hasta de la mitad, es potestativo del empleador determinar si acepta o no la solicitud, pues en caso de no hacerlo, el trabajador deberá salir a disfrutar físicamente sus 15 días hábiles de vacaciones (no confundir con disfrutar sus vacaciones en dos períodos o partidas).

Un ejemplo

Si en estos momentos tengo un trabajador que cuenta con 30 días de vacaciones acumuladas, él puede pedirme que se le aplique la figura de la compensación. Se le da el dinero completo, los 30 días de salario, los días hábiles a los que tenga derecho en las vacaciones, y se va a vacaciones. El empleado disfrutará, como mínimo, la mitad del tiempo de vacaciones, es decir, 15 días, y ese día en que se reincorpore se le empieza a pagar de nuevo su salario.

“Trabajador y empleador podrán ponerse de acuerdo para la cancelación en dinero de la mitad de las vacaciones, lo que comúnmente se conoce como “vacaciones compensadas””

Se le paga completo al trabajador, pero este regresa a la mitad y vuelve a recibir salario. No es como algunos piensan, donde los trabajadores piden la mitad del dinero ahora, y la otra, unos meses más adelante; se debe hacer el pago completo.

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En conclusión

Trabajador y empleador podrán ponerse de acuerdo para la cancelación en dinero de la mitad de las vacaciones, lo que comúnmente se conoce como “vacaciones compensadas”, para lo cual se tomará como base el último salario.

En caso de despido, renuncia del trabajador o terminación del contrato de trabajo, si al empleado no se le han concedido las vacaciones, estas serán pagadas proporcionalmente al tiempo trabajado, sin importar que no hubiere trabajado un año completo.

La provisión laboral para el pago de las vacaciones corresponde al 4.17% del salario, sin tener en cuenta el auxilio de transporte.

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