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Compensación de saldos a favor en impuestos nacionales y condición especial de pago

Las compañías de seguros que actúan como garantes en las devoluciones y/o compensaciones de saldos a favor de impuestos nacionales, ¿pueden acogerse a la condición especial de pago, señalada en el artículo 57 de la Ley 1739 del 2014?

Fecha de publicación: 16 de octubre de 2015
Compensación de saldos a favor en impuestos nacionales y condición especial de pago
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las compañías de seguros que actúan como garantes en las devoluciones y/o compensaciones de saldos a favor de impuestos nacionales, ¿pueden acogerse a la condición especial de pago, señalada en el artículo 57 de la Ley 1739 del 2014?