Si una persona natural compra pólizas educativas para garantizar el pago de los estudios universitarios de sus hijos, ¿esto se considera como un activo o un gasto deducible en renta?
Si una persona natural compra pólizas educativas para garantizar el pago de los estudios universitarios de sus hijos, ¿esto se considera como un activo o un gasto deducible en renta?