Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Guía] Comunicación de asuntos que generan amenazas a la independencia


Actualizado: 17 abril, 2019 (hace 5 años)

Como parte del proceso de control de calidad, los colaboradores de las firmas de auditoría o de los auditores independientes deben notificar los asuntos que generen amenazas a su independencia. En esta guía exponemos cuál sería la estructura de la carta de notificación, de acuerdo con la NICC 1.

Teniendo en cuenta los lineamientos de la Norma Internacional de Control de Calidad –NICC 1–, los colaboradores de las firmas de auditoría o de los auditores independientes deben, en virtud de lo expuesto en el apartado de Cumplimiento de los requerimientos de ética aplicables (ver párrafo 21 de la NICC 1), proporcionar una comunicación de los asuntos que les estén generando amenazas a su independencia (Ley 43 de 1990 y el Código de Ética de la IFAC, expuesto en el anexo técnico compilatorio y actualizado 4 – 2019, de las Normas de Aseguramiento de la Información», incorporado al DUR 2420 de 2015).

Esta guía es un modelo de la notificación que debe hacer un colaborador sobre las amenazas generadas a su independencia en medio de un encargo, a fin de tener un soporte de que compartió dicha información con la firma o el auditor independiente.

Es importante señalar que la Junta Central de Contadores –JCC– está realizando visitas de seguimiento para verificar que se están aplicando los lineamientos de la NICC 1 y del Código de Ética emitido por la IFAC.

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