Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 000192 de 04-01-2017


Actualizado: 4 enero, 2017 (hace 7 años)

Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Concepto 000192
Enero 04 de 2017

El Ministerio de Hacienda precisa que la causación, el período gravable y los plazos de declaración y pago del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares no fueron modificados por el artículo 41 de la Ley 1816 de 2016, por lo que estos se siguen rigiendo por lo establecido en la leyes 223 de 1995 y 788 de 2002.

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