DIAN
Concepto 000299
26-02-2015
Cuando se hace referencia al nuevo responsable del impuesto a las ventas e inicio de sus actividades durante el mismo ejercicio fiscal, su período a declarar y pagar el IVA es bimestral, en tanto que si no se inicia actividad alguna, para determinar el período de la declaración del IVA a presentar, debe supeditarse a evaluar a 31 de diciembre del respectivo año, el monto de sus ingresos brutos.