El Ministerio del Trabajo reitera que el acta de conciliación laboral suscrita por las partes se presume válida en virtud de la voluntad sentada en el mismo documento, salvo que en proceso ordinario laboral se establezca la nulidad de esta por parte de la autoridad judicial correspondiente.
Ministerio del Trabajo
Concepto 00313
Diciembre 15 de 2019
El Ministerio del Trabajo reitera que el acta de conciliación laboral suscrita por las partes se presume válida en virtud de la voluntad sentada en el mismo documento, salvo que en proceso ordinario laboral se establezca la nulidad de esta por parte de la autoridad judicial correspondiente.