Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 018508 de 15-01-2018


Actualizado: 15 enero, 2018 (hace 6 años)

Ministerio del Trabajo
Concepto 018508
Enero 15 de 2018

De acuerdo con los artículos 239 y 240 del Código Sustantivo del Trabajo, es necesario que el empleador solicite al inspector de trabajo el permiso para poder despedir a la trabajadora que se encuentra en estado de embarazo o dentro de las dieciocho semanas posteriores al parto, de conformidad con la Ley 1822 de 2017.

Para descargar este documento en PDF, haz clic aquí (437 Kb)

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,