DIAN
Concepto 023114
Agosto 28 de 2017
La Dian recuerda que la introducción a zona franca permanente de bienes procedentes de otros países por parte de los usuarios no se considera importación; por tanto, el ingreso de dichos bienes no genera el IVA y solo requerirá que los mismos aparezcan en el documento de transporte consignados o endosados a favor de un usuario de la zona franca.