Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 027 de 13-01-2018


Actualizado: 13 enero, 2018 (hace 6 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 027
Enero 13 de 2018

El CTCP recuerda que la prestación de servicios profesionales por parte del revisor fiscal a la propiedad horizontal, será posible una vez transcurra un (1) año a partir de su renuncia al cargo como revisor fiscal, sin importar su calidad como principal o suplente.

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