Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 030801 de 03-05-2010


Actualizado: 3 mayo, 2010 (hace 14 años)

DIAN
Concepto 030801
03-05-2010

Tema. Retención en la Fuente
Descriptores: Misiones Diplomáticas – Delegación de la Unión Europea

***

Ref: Consulta Tributaria radicado número 21532 de 11/03/2010.

Cordial saludo Dr Botero.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 00006 de 2009, es función de este despacho absolver en forma general las consultas escritas que se formulen, entre otras, sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Dirección de I m puestos.

Se consulta si la Delegación de la Comunidad Europea es agente de retención en la fuente por pagos o abonos en cuenta que efectúa de manera directa a personas naturales y jurídicas, en desarrollo de los contratos para la ejecución del proyecto de "Fortalecimiento Institucional para la Atención a las Víctimas"

Al respecto comedidamente le informo que la Delegación de la Comisión de las Comunidades Europeas, su jefe y los miembros de su personal, así como los familiares que de ellos dependan, gozan de los mismos derechos, privilegios e inmunidades diplomáticas que las acordadas a las misiones diplomáticas acreditadas en la República de Colombia, conforme a las disposiciones de la Convención de Viena sobre las relaciones diplomáticas de 18 de abril de 1961, según el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y la Comisión de las Comunidades Europeas relativo al establecimiento de la Delegación de la Comisión en la República de Colombia, así como a los privilegios e inmunidades de la Delegación de la Comisión de las Comunidades Europeas en la República de Colombia, hecho en Bruselas el 28 de octubre de 1992.

En consecuencia le anexo copia del Oficio No. 018475 del 8 de abril de 2003, el cual señala que las "Misiones Diplomáticas acreditadas ante el Gobierno Colombiano no están obligadas a practicar retenciones en la fuente a título de impuestos en Colombia" y por lo mismo a declarar por este concepto.

Así mismo, le anexamos copia del Oficio No. 057807 del 27 de julio de 2007.

En los anteriores términos se resuelve su consulta y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestra base de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.co siguiendo los iconos: "Normatividad" – "técnica" y seleccionando los vínculos "Doctrina" y "Dirección de Gestión Jurídica".

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Atentamente,

ISABEL CRISTINA GARCES SANCHEZ
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina

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