Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 035386 de 26-12-2017


Actualizado: 26 diciembre, 2017 (hace 6 años)

Ministerio del Trabajo
Concepto 035386
Diciembre 26 de 2017

De acuerdo con el artículo 46 del Código Sustantivo del Trabajo para la terminación de los contratos a término fijo, incluyendo aquellos cuya duración sea inferior a un año, el empleador deberá avisar por escrito a la otra parte, con una antelación no inferior a 30 días de la terminación del contrato de trabajo, su determinación de no prorrogar el contrato.

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