Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 047 de 22-01-2018


Actualizado: 22 enero, 2018 (hace 6 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 047
Enero 22 de 2018

Si la persona natural no puede separar sus bienes personales de la contabilidad de su actividad comercial, y esos bienes han sido adquiridos con recursos derivados de la citada actividad comercial, los bienes personales y los hechos económicos de la actividad comercial deberán estar solamente en la contabilidad de la persona natural.

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