Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 065482 de 18-10-2012


Actualizado: 18 octubre, 2012 (hace 12 años)

DIAN
Concepto 065482
18-10-2012

***

Ref.: Radicado 59872 del 25/07/2012.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 y la Orden Administrativa 000006 del 21 de Agosto de 2009, esta Dirección es competente para absolver de manera general las consultas escritas que se formulen sobre interpretación y aplicación de las normas tributarias nacionales, aduaneras o de comercio exterior y en materia de control cambiario en lo de competencia de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, razón por la cual su consulta se absolverá en el marco de la citada competencia.

Solicita en su consulta se le informe si la Resolución 1898 "Por medio de la cual se autoriza una delegación de funciones para decretar prescripciones de la acción de cobro" y la Resolución 1899 "Por medio de la cual se delegan unas funciones y se autoriza una delegación de funciones para decretar la remisibilidad de obligaciones", del 26 de febrero de 2010, proferidas por el entonces Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, se encuentran vigentes.

Al respecto, me permito informarle que mediante correo electrónico se solicito a la Jefe de la Coordinación de Relatoría de esta Subdirección que certificara sobre su vigencia, quien manifestó:

"Frente a la vigencia de las Resoluciones 1898/10 y 1899/10, se efectuaron las siguiente verificaciones:

1. En el archivo físico de relatoría no se encontró resolución alguna que hubiese modificado o derogado las resoluciones mencionadas.
2. En la herramienta "avance jurídico" dichas resoluciones no tienen ninguna anotación sobre modificaciones en su vigencia.
3. Se verificó directamente en la Subdirección de Cobranzas (Ángela María Rubio) y dice que las mismas se encuentran vigentes porque tales delegaciones se están ejerciendo.
4. Efectuada la verificación de la vigencia de las normas que le sirven de fundamento a ambas resoluciones se observó que las mismas se encuentran vigentes…"

Por otra parte, la Subdirección de Gestión de Representación Externa de la Dirección de Gestión Jurídica informó al respecto que: "una vez revisada la base de datos, no se encontró demanda alguna sobre las resoluciones en cuestión".

De conformidad con lo anterior, se concluye que las Resoluciones 1898 y 1899 del 26 de febrero de 2010, se encuentran vigentes.

En los anteriores términos se resuelve su solicitud y cordialmente le informamos que tanto la normatividad en materia tributaria, aduanera y cambiaria, como los conceptos emitidos por la Dirección de Gestión Jurídica en estas materias pueden consultarse directamente en nuestras bases de datos jurídica ingresando a la página electrónica de la DIAN: www.dian.gov.co siguiendo los iconos: "Normatividad" – "técnica" y seleccionando "Doctrina" y Dirección Gestión Jurídica.

Atentamente,

LEONOR EUGENIA RUIZ DE-VILLALOBOS
Subdirectora de Gestión Normativa y Doctrina (E)

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