Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 125 de 13-02-2017


Actualizado: 13 febrero, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 125
Febrero 13 de 2017

Dado que el impuesto pagado en la adquisición de un activo no es recuperable ni reembolsable, debe formar parte del costo del mismo, puesto que las normas aplicables para los tres grupos indican que los impuestos no recuperables forman parte de la medición de los elementos de propiedades, planta y equipo.

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