Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 145
Febrero 20 de 2017
El CTCP recuerda que las entidades pertenecientes al grupo 2 debieron presentar sus últimos estados financieros bajo el Decreto 2649 y 2650 de 1993, correspondientes al cierre del ejercicio del año 2015, y sus primeros estados financieros comparativos bajo el Estándar Internacional para Pymes al cierre del año 2016, incluidos los estados financieros presentados a las cámaras de comercio, excepto aquellas entidades relacionadas con el Sistema General de Seguridad Social en Salud pertenecientes al Grupo 2, a las que se les permitió retardar un año el cronograma de aplicación, según lo dispuesto en el artículo 2º del Decreto 2496 de 2015.