Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 17365170
Diciembre 06 de 2017
La declaratoria de notoriedad de una marca debe ser probada por aquel que alega esta condición; razón por la cual la Decisión 486 de 2000 establece, en forma enunciativa, los medios probatorios mediante los cuales se puede evidenciar el cumplimiento de esta calidad.