Ministerio de la Protección Social
Concepto 207703
22-07-2010
Asunto: Radicado 171405 del 21 de junio de 2010.
Respetada señora Vargas:
En atención a la comunicación del asunto, donde consulta cómo debe proceder el empleador cuando un trabajador que tenía a su cargo un inventario por valor de $3000.000, renuncia y no hace entrega del mismo, esta Oficina se permite manifestar:
Dentro de las obligaciones especiales del trabajador, refiere el artículo 58 del Código Sustantivo del Trabajo:
(…)”.
El artículo 59 del mismo código, señala las prohibiciones al empleador:
(…)”
Así las cosas, si el trabajador no ha hecho entrega de su puesto y actualmente la empresa registra un faltante de elementos que se encontraban a cargo del ex trabajador, debe tener en cuenta que ello no faculta al empleador de retener el pago de los salarios y prestaciones sociales adeudadas. La empresa deberá requerir al trabajador para que se acerque a hacer la entrega de los elementos que tenía a su cargo y en caso de renuencia de éste y hecha la verificación respectiva, que dichos elementos realmente no se encuentren en las instalaciones de la empresa, podría llegarse a considerar que los mismos han desaparecido, caso en el cual, habrá de informar de esta situación a la Fiscalía General de la Nación para que investigue el paradero de dichos elementos, caso en el cuál, muy seguramente dicho ente de investigación, llamará a declarar a las personas que se encontraban a cargo de éste, entre ellas al trabajador y continuará desatando la investigación penal respectiva, pues desde la orbita de la competencia de la jurisdicción laboral, la pérdida o hurto de elementos, no resulta ser de su competencia. No obstante lo anterior, puede ser que se logre llegar a un acuerdo con el trabajador, respecto de la forma de que aquel reponga los elementos que se encontraban a su cargo, en aras de evitar el procedimiento penal comentado.
El presente concepto tiene el alcance que determina el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.
Cordial saludo,
NELLY PATRICIA RAMOS HERNÁNDEZ
Jefe Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo