Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 220-203486 de 01-11-2016


Actualizado: 1 noviembre, 2016 (hace 8 años)

Superintendencia de Sociedades
Concepto 220-203486

01-11-2016

Ref: Liquidación particular de una sociedad de economía mixta.

Se recibió su escrito radicado con el No. 2016-01-483807, mediante el cual solicita el concepto de esta entidad, respecto de la situación que describe, la cual dice de una sociedad de economía mixta que no generó ningún tipo de utilidad y ahora quiere liquidarse, teniendo en cuenta entre otros las condiciones de los aportes y los gastos que se registran.

En esas circunstancias pregunta si podría emitirle una cuenta de cobro al accionista que aporto en derecho de usufructo y así cobrarle la mitad de los gastos que se generaron durante la vigencia de la sociedad.

Al respecto se debe señalar que no es viable en esta instancia pronunciarse sobre situaciones particulares y concretas, menos de sociedades cuyos antecedentes se desconocen, pues el derecho de petición en la modalidad de consulta, tiene como propósito conocer un concepto u opinión de carácter general de la Superintendencia sobre las materias a su cargo, que como tal no es vinculante ni compromete su responsabilidad, conforme lo dispuesto en los Artículos 14 y 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

En efecto el alcance de la función consultiva asignada a esta oficina según el numeral 2, artículo 11 del decreto 1023 de 2012 es “Resolver las consultas formuladas por los organismos públicos y privados, así como por los usuarios y particulares, de conformidad con las normas que rigen servicios y funciones de la Superintendencia.”

Para los fines pertinentes, puede ingresar a nuestra página WEB www.supersociedades.gov.co, donde en el ítem “normatividad”, podrá consultar los conceptos jurídicos y contables emitidos por esta entidad, la legislación societaria y de los ámbitos de su competencia, la Circular Básica Jurídica y demás documentos que están a su disposición para proporcionar los elementos que le permitan resolver sus inquietudes.

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