Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 220-210918 de 06-12-2016


Actualizado: 6 diciembre, 2016 (hace 7 años)

Superintendencia de Sociedades
Concepto 220-210918
06-12-2016

Ref: Algunas acciones que pueden impetrarse en defensa de los derechos del accionista- S.A.S.

Me refiero a su escrito enviado a través de la página web y radicado con el número 2016-01-522413, mediante el cual previa las consideraciones que al efecto expone sobre la situación de una sociedad por acciones simplificada, en la que tiene acciones equivalentes al 40% del capital social, formula los siguientes interrogantes:

“1. Que puede hacer para exigir mis derechos como accionista y no dejar que la compañía la acaben o la sigan deteriorando
2. Cómo puedo establecer una medida cautelar para que esto no pase
3. Que tengo que hacer para no verse (sic) implicado en problemas jurídicos de esta sociedad ya que ellos son extranjeros y según me dicen los empleados los están despidiendo y quieren acabar con la compañía.”

Sobre el particular, es preciso advertir que en atención al derecho de petición en la modalidad de consulta, esta Superintendencia con fundamento en los artículos 14 y 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, emite los conceptos de carácter general a que haya lugar sobre las materias de su competencia, mas no se pronuncia en esta instancia sobre situaciones de orden particular, ni sobre la legalidad de actos, contratos o decisiones que involucren sociedades cuyos antecedentes se desconocen, lo que igualmente se predica tratándose irregularidades que comprometan a los administradores, los socios o cualquiera otro órgano.

Para ese propósito y siempre que se trate de sociedades no sometidas a la vigilancia de otros organismos que cumplan los presupuesto para ese fin establecidos, uno o más de los asociados representantes de no menos del diez por ciento del capital social o alguno de sus administradores, podrán por sí o por medio de apoderado, solicitar la adopción de cualquiera de las medidas administrativas contempladas en el artículo 87 de la Ley 222 de 1995, modificado por el artículo 152 del Decreto Ley No. 19 de 2012, entre ellas la práctica de investigaciones administrativas, a las que habrá lugar cuando quiera que pretenda verificarse la ocurrencia de hechos lesivos de los estatutos o de la ley, en cuyo caso esta Entidad decretará las medidas pertinentes, según las facultades asignadas en la misma ley.

Ahora, si el propósito es verificar legalidad de las decisiones emanadas de los órganos sociales, se tendrá en cuenta que al tenor del artículo 191 del Código de Comercio, los administradores, los revisores fiscales y los socios ausentes o disidentes podrán impugnar sus decisiones cuando exista merito para considerar que no se ajusten a las prescripciones legales o a los estatutos , en cuyo caso la acción correspondiente se habrá de intentar ante los jueces, en los términos del artículo 421 del C.P.C.

Lo anterior sin perjuicio de las facultades jurisdiccionales de naturaleza societaria atribuidas a esta Superintendencia en los términos del artículo 24, numeral 5º, literales a), b), c), d) y e) del Código General del Proceso, en virtud de las cuales la Delegatura de Procedimientos Mercantiles de esta Superintendencia, está facultada para conocer entre otros, de la acción encaminada a resolución de Conflictos Societarios o la Impugnación de decisiones de los órganos sociales, respectivamente.

En consecuencia, si la intención es iniciar alguna de las acciones anunciadas, deberá interponerse la demanda respectiva, para lo cual es indispensable, actuar a través de abogado inscrito.

En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida, con los efectos descritos en el Art. 28 del C.C.A. no sin antes observar que en la P. WEB puede consultar directamente la normatividad, los conceptos que la misma emite sobre las materias de su competencia, la Cartilla sobre SAS., la Circular Básica Jurídica, y la Guía del Litigio societario, entre otros.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,