Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 25652 de 03-09-2015


Actualizado: 3 septiembre, 2015 (hace 9 años)

DIAN
Concepto 25652

03-09-2015

​Luego de análisis realizado por la DIAN, esta considera que la exclusión señalada en el numeral 4 del artículo 476 del ET se restringe de manera exclusiva a la prestación de servicios públicos domiciliarios y para su correcta interpretación se hace necesario acudir a lo previsto por la Ley 42 de 1994. En ese orden el servicio de alumbrado público no se encuentra dentro del marco de exclusión señalado en el artículo 476 del ET.

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