Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 344 de 18-05-2015


Actualizado: 18 mayo, 2015 (hace 9 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 344

18-05-2015

El revisor fiscal no puede dictaminar estados financieros que no han sido previamente certificados, es decir firmados por el representante legal y el contador público que los preparó; el incumplimiento de esta disposición clasifica dichos informes como no presentados.

Para descargar este documento en PDF, haz click aquí (119 Kb)

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,