De acuerdo con el párrafo 21.12 del Estándar para Pymes, las contingencias que implican pérdidas probables, realmente dejan de ser contingentes y se convierten en un pasivo, por lo cual debe causarse como tal. Si la empresa tiene una obligación laboral cierta, debe ser presentada como un pasivo y de ninguna manera como una cuenta de orden, pues el hecho de que no hayan reclamaciones o se tenga la intención de no pagarlo, no exime a la entidad de incluir la obligación porque eso afectaría la contabilidad con una violación legal internacional. Por otra parte, en el marco técnico normativo para Pymes no se contempla la presentación de las cuentas de orden por cuanto no cumplen con las definiciones que contiene la sección 2 – Conceptos y Principios Fundamentales, como elementos de los estados financieros; esto sin perjuicio de que en los requerimientos de revelación se establezca la obligación de informar en algunas ocasiones aspectos similares a los contabilizados en las cuentas de orden como activos y pasivos contingentes.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 463
Mayo 24 de 2017
Si la empresa tiene una obligación laboral cierta, debe ser presentada como un pasivo y de ninguna manera como una cuenta de orden, pues el hecho de que no hayan reclamaciones o se tenga la intención de no pagarlo, no exime a la entidad de incluir la obligación porque eso afectaría la contabilidad con una violación legal internacional.