Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 486 de 31-05-2017


Actualizado: 31 mayo, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 486
Mayo 31 de 2017

Los anticipos recibidos de clientes son registrados como ingresos diferidos mientras la obligación correlativa no haya sido cumplida; esto implica el reconocimiento inicial de un activo y un pasivo por el importe recibido. Los anticipos entregados a proveedores son considerados un gasto diferido, es decir, que solo se difieren cuando el servicio o bien no se ha recibido.

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