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Concepto 053 de 24-01-2017

El CTCP aclara que para efectos contables, la diferencia en cambio de transacciones en moneda extranjera deben ser contabilizadas considerando lo establecido en la NIC 21, en la Sección 30, que aplican para los grupos 1 y 2, respectivamente.

Fecha de publicación: 24 de enero de 2017
Concepto 053 de 24-01-2017
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Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 053

Enero 24 de 2017

El CTCP aclara que para efectos contables, la diferencia en cambio de transacciones en moneda extranjera deben ser contabilizadas considerando lo establecido en la NIC 21, en la Sección 30, que aplican para los grupos 1 y 2, respectivamente.

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