Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 592 de 05-07-2017


Actualizado: 5 julio, 2017 (hace 7 años)

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 592

Julio 05 de 2017

Los registros en los libros deben reconstruirse dentro de los seis (6) meses siguientes a su pérdida, extravío o destrucción, tomando como base los comprobantes de contabilidad, las declaraciones tributarias, los estados financieros certificados, informes de terceros y los demás documentos que se consideren pertinentes.

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