Respecto al tratamiento contable que se debe dar a las muestras sin valor comercial que una compañía recibe desde una filial en el exterior, el CTCP explica que si las muestras fueron recibidas de manera gratuita, y el objeto de las mismas es ser entregadas, de igual manera (para efectos promocionales) no se consideran parte de los inventarios por cuanto no cumplen con los criterios de reconocimiento. Dichas muestras deben reconocerse como un gasto promocional con su contrapartida en ingresos al valor de costo certificado por la filial en el exterior. Es importante tener en cuenta que para ser parte de los inventarios una partida debe conservarse para su venta en el curso normal del negocio, o para hacer parte del proceso de producción con vista a esa venta, o en forma de materiales o suministros para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 655
Julio 28 de 2017
Respecto al tratamiento contable que se debe dar a las muestras sin valor comercial que una compañía recibe desde una filial en el exterior, el CTCP explica que si las muestras fueron recibidas de manera gratuita, y el objeto de las mismas es ser entregadas, de igual manera (para efectos promocionales) no se consideran parte de los inventarios por cuanto no cumplen con los criterios de reconocimiento.