Dian expide el Concepto 655 de 2020, mediante el cual se pronuncia frente al tratamiento tributario del aporte monetario proveniente del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–, previsto en el artículo 1 del Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los decretos legislativos 677 y 815 de 2020.
Así pues, en dicho concepto se establece que los pagos o abonos en cuenta por concepto del aporte estatal en mención que hayan realizado o realicen las entidades financieras a los beneficiarios del Paef no están sujetos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. Sin embargo, constituyen, para efectos del impuesto sobre la renta, un ingreso gravable para el beneficiario, el cual podrá ser cruzado en un 100 % con el gasto de nómina en el que incurren por ese trabajador que lo hace beneficiario del subsidio.
DIAN
Concepto 655
Junio 08 de 2020
Dian expide el Concepto 655 de 2020, mediante el cual se pronuncia frente al tratamiento tributario del aporte monetario proveniente del Programa de Apoyo al Empleo Formal –Paef–, previsto en el artículo 1 del Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los decretos legislativos 677 y 815 de 2020.