Superintendencia de Servicios Públicos
Concepto 68
Febrero 6 de 2017
La Superintendencia de Servicios aclara que de acuerdo con la el artículo 96 de la Ley 142 de 1994 (norma actualmente vigente), quienes presten servicios públicos domiciliarios pueden cobrar un cargo por concepto de reconexión y reinstalación, para la recuperación de los costos en que incurran.