Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 724
Agosto 22 de 2017
Los dineros retenidos como garantía por los servicios de ingeniería conforman para la entidad que los retiene una cuenta por pagar y para la otra una cuenta por cobrar. Esto significa que al reconocer los ingresos y gastos las entidades deben causar el 100 % de ellos, considerando la política contable que resulte adecuada para su reconocimiento en los estados financieros.