Consejo Técnico de la Contaduría Pública. El valor por concepto del “otro resultado integral”, generado dentro de las cuentas del patrimonio contable cuando se produzcan reexpresiones de las cifras de los estados financieros elaborados en dólares pero luego presentados en pesos, no debería ser objeto de distribución.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 735
24-10-2016
El valor por concepto del “otro resultado integral”, generado dentro de las cuentas del patrimonio contable cuando se produzcan reexpresiones de las cifras de los estados financieros elaborados en dólares pero luego presentados en pesos, no debería ser objeto de distribución.