Los intangibles generados internamente no cumplen los criterios de reconocimiento como intangibles, porque no constituyen un recurso identificable (es decir, no es separable ni surge de derechos contractuales o derechos legales de otro tipo), ni controlado por la entidad, que pueda ser medido de forma fiable por su costo.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 800
Septiembre 14 de 2017
Los intangibles generados internamente no cumplen los criterios de reconocimiento como intangibles, porque no constituyen un recurso identificable (es decir, no es separable ni surge de derechos contractuales o derechos legales de otro tipo), ni controlado por la entidad, que pueda ser medido de forma fiable por su costo.