El CTCP precisa que los costos generales y administrativos imputables a un contrato de construcción, deben ser reconocidos como gastos cuando estos tengan lugar, a menos que dichos costos sean imputables de forma explícita al cliente según el contrato.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 822
Septiembre 26 de 2017
El CTCP precisa que los costos generales y administrativos imputables a un contrato de construcción, deben ser reconocidos como gastos cuando estos tengan lugar, a menos que dichos costos sean imputables de forma explícita al cliente según el contrato.