El CTCP recordó que los dividendos por pagar deben ser presentados en el grupo de pasivos corrientes, aunque correspondan a partidas que se hayan acumulado durante varios años, ello como consecuencia de que la ley ha establecido que son exigibles en un término inferior a un (1) año.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 834
Septiembre 12 de 2019
El CTCP recordó que los dividendos por pagar deben ser presentados en el grupo de pasivos corrientes, aunque correspondan a partidas que se hayan acumulado durante varios años, ello como consecuencia de que la ley ha establecido que son exigibles en un término inferior a un (1) año.