Una entidad que haya realizado el proceso de conversión, considerando que pertenecía al grupo 2 cuando en realidad pertenecía al grupo 1, debe preparar el ESFA con base en el marco técnico normativo para el grupo 1, y establecer los efectos retroactivos que surgen de re expresar todos los estados financieros emitidos hasta la fecha.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 882
Octubre 11 de 2017
Una entidad que haya realizado el proceso de conversión, considerando que pertenecía al grupo 2 cuando en realidad pertenecía al grupo 1, debe preparar el ESFA con base en el marco técnico normativo para el grupo 1, y establecer los efectos retroactivos que surgen de re expresar todos los estados financieros emitidos hasta la fecha.