Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Concepto 9032028 de 31-03-2009


Actualizado: 31 marzo, 2009 (hace 15 años)

Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 9032028
31-03-2009

Señor
JULIO EUCLIDES CASTRO MARTÍNEZ
pepito.0516@hotmail.com  

Estimado Señor:

En atención a la petición radicada en esta Entidad bajo el número que se indica en el asunto, en la que solicita información acerca del estado de cuenta de los "impuestos de industria y comercio".

De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 2153 de 1992, corresponde a esta entidad, entre otras funciones, velar por el cumplimiento de las normas sobre protección del consumidor; promoción de la competencia y prácticas comerciales restrictivas; así como administrar el sistema nacional de la propiedad industrial y tramitar y decidir los asuntos relacionados con la misma.

Con respecto al pago del impuesto de industria y comercio, que es un gravamen de carácter municipal que grava toda actividad industrial, comercial o de servicios que se realiza en determinado municipio con o sin establecimientos y bien sea de forma permanente u ocasional, son responsables las personas naturales o jurídicas o las sociedades de hecho, que realicen cualquiera de los hechos generadores de la obligación tributaria, esto es, que ejerzan actividades industriales, comerciales o de servicios, siendo el municipio, en cuya jurisdicción se realice la actividad generadora de la obligación, el beneficiario del impuesto causado quien, además, puede suministrarle la información requerida.

Por lo tanto, le sugerimos elevar su consulta a la Secretaría de Hacienda del lugar donde se encuentre ubicado su establecimiento de comercio o el lugar de su domicilio, según sea el caso.

Si requiere mayor información sobre el desarrollo de nuestras funciones y de las normas objeto de aplicación por parte de esta Entidad, puede dirigirse a nuestra página de internet www.sic.qov.co. Adicionalmente, en la pestaña Doctrina, encontrará conceptos emitidos por esta Superintendencia. Así mismo podrá servirse del índice temático de normas y conceptos.

Atentamente,

MARÍA DEL SOCORRO PIMIENTA CORBACHO
Jefe Oficina Asesora Jurídica(C)

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